Dejaron hacer y luego otra vez la cacería

Argentina Protest

Con el OCIVI accedimos a la orden de la Policía de la Ciudad que describe el servicio que debían brindar para la “Sesión especial. Reforma Previsional”, el pasado lunes 18 de diciembre, en la Plaza de los Dos Congresos y sus alrededores. Vamos por partes.

Recursos
En la orden se dispusieron múltiples recursos para coordinar el operativo: antidisturbios, contención, motorizados, brigadas de civil, canes, infantería, patrulleros, hidrantes y persona de la Policía Federal Argentina (PFA). Aparte, el dispositivo de seguridad contaba con un esquema interno al vallado, y un perímetro externo muy amplio entre las calles y avenidas Ayacucho, Corrientes, 9 de julio, Independencia y Sarandí, en los que se desplegaron dispositivos móvil con división motorizados y brigadas de investigaciones.

El esquema interno al vallado constaba -a diferencia del fabuloso despliegue de Gendarmería, Prefectura, Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) y PFA del jueves 14, de un solo cordón de infantes, y una sola línea de vallas.

Análisis
Un dispositivo de contención de manifestaciones públicas se diagrama en función de las hipótesis de conflicto probables, que deben ser analizadas y definidas por la conducción política de la fuerza de seguridad (en este caso, la Policía de la Ciudad, a cargo del Jefe de Gobierno Horacio Rodríguez Larreta). Nos preguntamos: ¿Cuáles fueron las hipótesis de conflicto que manejaron?

Con el diario del lunes pareciera que no contemplaron la posibilidad de que hubieran grupos de manifestantes que quisieran derribar las vallas y enfrentar con piedras y dispositivos caseros a las fuerza de seguridad. Por lo tanto, no se previó un esquema para contenerlos.

Por la cantidad de fuerzas apostadas en el perímetro externo y el gran número de brigadas de investigación móviles desplegadas por la zona, pareciera que el objetivo era apresar manifestantes sueltos en las zonas mas alejadas del Congreso de la Nación.

De esta manera, cuando se produce el avance de los grupos mas radicalizados, la fuerza de seguridad no tiene capacidad de contenerlos y en lugar de reagrupar fuerzas para intentar aislar a ese grupo, sueltan una cacería indiscriminada por los alrededores del parlamento nacional. Tampoco se entiende por qué no se utilizó mayor cantidad de medios físicos de contención (vallas), como indica el más elemental manual operativo policial en el mundo, ya que como indican esos mismos manuales, “la primera línea de vallas es para que la tiren”.

Para prever y coordinar acciones que contengan el desborde la Policía contaba con helicópteros, drones y personal de civil encapuchado. O sea: contaba con los medios necesarios para tomar decisiones operativas al calor de los hechos.

Nos preguntamos, entonces, si existió la decisión política de “dejar hacer” a los violentos, frente a pelotones de infantería que por momentos parecieron quedar indefensos, ya que ésa era la imagen que necesitaba el poder político para fortalecer el relato del “intento de golpe” que comenzaron a instalar en la agenda pública algunos funcionarios, dirigentes y comunicadores adictos al Gobierno.

La Policía de la Ciudad no portaba armas letales porque así lo ordena la ley 5.688. Llevaba consigo elementos y armamento antidisturbios, que debía utilizar en forma proporcionada y defensiva, respetando siempre los criterios de uso racional de la fuerza, por que así lo indica la misma ley. Pero no contuvieron ni detuvieron a los manifestantes más violentos, y sí salieron a cazar de modo arbitrario e indiscriminado los que se estaban replegando de la zona de la Plaza de los Dos Congresos.

¿Tenemos la policía mas inútil del mundo?

El saldo de la manifestación fue casi cien detenidos y otros tantos heridos, y la única respuesta del poder político nacional y porteño, hasta el momento, fue responsabilizar a la jueza López Vergara por no haber dejado actuar a la fuerza de seguridad local, cuando en realidad lo que hizo fue otorgar una medida de protección, para intentar que la población tenga garantizado su derecho constitucional a manifestarse en la vía pública.

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